“De acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo No. 1372 y el Decreto Supremo No. 003-2019-EF, la Asociación Museo de Arte de Lima (MALI) ha cumplido con aplicar los procedimientos para la identificación del Beneficiario Final. Como resultado del análisis efectuado, ha concluido que no cuenta con Beneficiario Final por Propiedad ni por Control.
Sobre las bases de lo expuesto y en estricto cumplimiento del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Supremo No. 003-2019-EF, publicamos este comunicado en nuestro portal web.”